El artículo 250 de la Sección 9 “De las obligaciones” del Código Orgánico Monetario y Financiero, estipula lo siguiente respecto a Seguros, “(…) Seguros obligatorios. Previo al desembolso de las operaciones de crédito, las entidades del sistema financiero nacional deberán requerir la contratación de los seguros que determine la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera (…)”.
El “Reglamento para la Contratación de la Póliza de Seguros de Desgravamen para BANECUADOR B.P.”, fue expedido por el Directorio de BANECUADOR B.P., mediante Resolución Nro. D-2018-021, de 14 de mayo de 2018; y, este Organismo, en sesión ordinaria instrumentada mediante correo electrónico que se desarrolló del 11 al 13 de mayo de 2022, mediante Resolución Nro. D-2022-047 de 13 de mayo de 2022, aprobó varias reformas, y de entre estas, su denominación, por la “Reglamento para el Seguro de Desgravamen de BANECUADOR B.P.”.
El Directorio de BanEcuador B.P. mediante Resolución D-2022-151 del 25 de noviembre de 2022, aprobó ciertas reformas al “Reglamento para el Seguro de Desgravamen de BANECUADOR B.P.”
El “Reglamento para el Seguro de Desgravamen de BANECUADOR B.P.” en su artículo 13 establece:
“Convocatoria.- Una vez autorizado el inicio del procedimiento de contratación, el Comité de Contratación de Seguros solicitará a la Gerencia Administrativa la publicación de la convocatoria por la página web institucional y realizará la invitación formal a un mínimo de 3 empresas aseguradoras que se encuentren aprobadas en el ramo de Vida en Grupo (desgravamen), por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, para que presenten su oferta conforme el cronograma del procedimiento de contratación.
En cumplimiento de la normativa citada, se convoca a las empresas de seguros, a participar en el proceso de “CONTRATACIÓN DE SEGURO DE DESGRAVAMEN PARA LAS OPERACIONES DE CRÉDITO DE BANECUADOR B.P.”, con una tasa referencial de 2.56% anual sin incluir impuestos, la misma que de acuerdo a la proyección de la colocación de créditos da un presupuesto referencial para los 3 años de USD 50.683.640,00 (Cincuenta Millones seiscientos ochenta y tres mil seiscientos cuarenta con 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América). AMÉRICA), por un plazo de tres años, de acuerdo al siguiente cronograma:
En caso de existir la necesidad de una aclaratoria del Término de Referencia del proceso la misma deberá ser remitida al correo electrónico: Maria.Franco4@banecuador.fin.ec, dentro las 48 horas siguientes a la fecha de emisión de la invitación.
Las ofertas deberán ser presentadas de manera Física en original y copia en las oficinas del BanEcuador B.P. ubicada en la Ciudad de Guayaquil, en las calles Panamá 704 y Roca edificio BanEcuador, 4to piso a la Secretaria del Comité de Contratación Abg. Maria Fernanda Franco.
Nota: Las Oferta debe ser foliada y sumillada.
Para atención al cliente, quejas o reclamos, comunícate al Call center
Matriz: Panamá 704 y Roca.
Guayaquil – Ecuador / 02 2946 500